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El Home Office se extiende hasta el 30 de abril en oficinas públicas

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Los empleados del gobierno federal seguirán con “home office” hasta el 30 de abril, ante la prevalencia de la emergencia sanitaria por Covid-19 y el semáforo rojo en la Ciudad de México.

En el Diario Oficial de la Federación se publicó un Acuerdo en el que se establece que debido a que en la capital del país se concentra la mayor cantidad de dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, la cual desde el 19 de diciembre de 2020 se encuentra en fase rojo, el trabajo seguirá siendo a distancia.

“Debido a lo anterior, obliga a mantener la operación de la Administración Pública Federal, en consonancia con la política de sana distancia y reducción de movilidad, poniendo énfasis en el trabajo a distancia y la prevalencia en la utilización de tecnologías de la información y de las comunicaciones”, se menciona.

Esta medida de trabajo a distancia entró, por primera vez, en vigor el 23 de marzo de 2020, pero por la pandemia fue ampliada para julio, luego para septiembre y ahora para abril de 2021.

Desde sus redes sociales, la titular de la Secretaría de la Función Pública, Irma Eréndira Sandoval, señaló que la ampliación del “home office” se debe a que se mantiene muy “críticos” los niveles de contagio del coronavirus.

En un oficio firmado por la titular de la SFP, Irma Eréndira Sandoval, se indica que el objetivo de la medida es mitigar la propagación del coronavirus, pues de acuerdo con el semáforo epidemiológico del pasado 6 de enero, hay una situación de “riesgo máximo” de contagio en cinco entidades, incluida la Ciudad de México.

Lo anterior, se indica en uno de los considerandos del documento, “obliga a mantener la operación de la Administración Pública Federal, en consonancia con la política de sana distancia y reducción de movilidad, poniendo énfasis en el trabajo a distancia y la prevalencia en la utilización de tecnologías de la información y de las comunicaciones”.

Asimismo, señala que se promueve el trabajo a distancia “en aquellos casos en que esto sea materialmente posible y no se vea alterado el debido cumplimiento de las funciones.

En aquellos casos en que esto no sea factible, acudir a los centros de trabajo en días y/o horarios escalonados, en concordancia con las medidas sanitarias establecidas por la Secretaría de Salud”.

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